31 de julio de 2011

SOCIEDADES EN COMANDITA

CARACTERISTICAS DE LAS SOCIEDADES EN COMANDITA

 PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LAS SOCIEDADES EN COMANDITA  
Existen dos clases de sociedades comanditarias, la simple y por acciones. Pero cualquiera que sea la modalidad de la sociedad que se constituya, se configura con la existencia de dos categorías de socios: los colectivos o gestores y los comanditarios. Los primeros tienen la administración, gestión y representación legal de la sociedad, aunque nada se opone para que simultáneamente ostenten la doble calidad, es decir, tengan la calidad de socios gestores y comanditaros concurrentemente. Los segundos, son los comanditarios, quienes son los titulares de acciones o cuotas sociales, según se trate de comandita por acciones o simple 
respectivamente. 
La constitución se formaliza en escritura pública que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil. En la escritura se expresarán los mismos datos que en el caso de las sociedades colectivas.
Las sociedades comanditarias simples no están obligadas a auditar sus cuentas anuales ni a depositarlas en el Registro Mercantil, salvo en el caso de que, en la fecha de cierre del ejercicio, todos sus socios colectivos sean sociedades españolas o extranjeras.
Las sociedades comanditarias por acciones están obligadas a auditar sus cuentas y depositarlas en el Registro Mercantil, aplicándoseles las mismas normas que a las sociedades anónimas.

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